Lima, may. 26 (ANDINA). La municipalidad del distrito de Pítipo, en Lambayeque, aprobó la creación del Parque Arqueológico y Ecológico de Batán Grande, el cual servirá para la sana recreación, educación y fortalecimiento de los valores culturales, así como la generación de ingresos por la práctica del turismo.
Fue mediante ordenanza, la cual define normas, lineamientos y disposiciones para articular e integrar las organizaciones y acciones conducentes al fortalecimiento de una gestión territorial, ambiental, cultural y turística integrada para alcanzar el desarrollo sostenible del distrito de Pítipo, ubicado en la provincia lambayecana de Ferreñafe.
El desarrollo sostenible de Pítipo se sustenta en su patrimonio humano, natural y cultural; así como en el crecimiento y la competitividad de las actividades socioeconómicas que se efectúan en la jurisdicción, sobre todo el turismo rural comunitario.
La ordenanza está orientada a promover el desarrollo sociocultural y económico de las poblaciones rurales, así como revitalizar la conectividad biológica y cultural, en una primera etapa, del flanco izquierdo del río La Leche, en Pítipo.
En una fase inicial se enfatizará en un diagnóstico para reglamentar el uso del territorio, regular el aprovechamiento de los recursos naturales y culturales e integrar los proyectos educativos y productivos de protección y restauración encaminados al mejoramiento de las condiciones de vida del hombre rural.
Para ello se llevará a cabo el saneamiento físico-legal en coordinación con las entidades estatales técnicas correspondientes y el plan participativo; así como la elaboración de un plan maestro y de uso social de los sitios arqueológicos, que integre el planteamiento de proyectos productivos de turismo cultural comunitario.
También, los diseños de cuatro nuevos museos de sitio concebidos como centros interpretativos de la arqueología y la ecología de cada uno de los sectores del Parque Arqueológico y Ecológico de Batán Grande.
Agrega que el objetivo de la ordenanza -elaborada en coordinación con el Museo Nacional Sicán/Unidad Ejecutora Nº 111: Naylamp-Lambayeque y el Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas (Sernanp)- es evidenciar los retos que enfrentan los sitios arqueológicos y su ecología que forman el Parque Arqueológico y Ecológico de Batán Grande.
Ello, principalmente, en lo que respecta a la conservación, interpretación al público y estrategias de manejo.
El referido parque está formado por cuatro sectores territorial, ecológica y arqueológicamente interrelacionados, los mismos que crean una unidad paisajístico-cultural indisoluble en el espacio y en el tiempo.
Señala que socialmente la conservación de estos espacios servirá para la sana recreación, educación y el fortalecimiento de los valores culturales propios; así como el respeto y cuidado del territorio y su biodiversidad asociada.
Económicamente generará beneficios para la población local con la práctica del turismo cultural, cadenas productivas orgánicas alternativas al turismo, campamentos, casas hospedaje, restaurantes típicos, albergues rurales en la zona de amortiguamiento y biocomercio.
Mientras que políticamente la gestión descentralizada de los recursos naturales y culturales coadyuvará a la gobernanza y cogestión, insertando a la conservación en la gestión sostenible del territorio para esta y las futuras generaciones de residentes en la cuenca de La Leche.
La Ordenanza Municipal N°006-2010-MDP/A fue publicada hoy en el boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.
Fue mediante ordenanza, la cual define normas, lineamientos y disposiciones para articular e integrar las organizaciones y acciones conducentes al fortalecimiento de una gestión territorial, ambiental, cultural y turística integrada para alcanzar el desarrollo sostenible del distrito de Pítipo, ubicado en la provincia lambayecana de Ferreñafe.
El desarrollo sostenible de Pítipo se sustenta en su patrimonio humano, natural y cultural; así como en el crecimiento y la competitividad de las actividades socioeconómicas que se efectúan en la jurisdicción, sobre todo el turismo rural comunitario.
La ordenanza está orientada a promover el desarrollo sociocultural y económico de las poblaciones rurales, así como revitalizar la conectividad biológica y cultural, en una primera etapa, del flanco izquierdo del río La Leche, en Pítipo.
En una fase inicial se enfatizará en un diagnóstico para reglamentar el uso del territorio, regular el aprovechamiento de los recursos naturales y culturales e integrar los proyectos educativos y productivos de protección y restauración encaminados al mejoramiento de las condiciones de vida del hombre rural.
Para ello se llevará a cabo el saneamiento físico-legal en coordinación con las entidades estatales técnicas correspondientes y el plan participativo; así como la elaboración de un plan maestro y de uso social de los sitios arqueológicos, que integre el planteamiento de proyectos productivos de turismo cultural comunitario.
También, los diseños de cuatro nuevos museos de sitio concebidos como centros interpretativos de la arqueología y la ecología de cada uno de los sectores del Parque Arqueológico y Ecológico de Batán Grande.
Agrega que el objetivo de la ordenanza -elaborada en coordinación con el Museo Nacional Sicán/Unidad Ejecutora Nº 111: Naylamp-Lambayeque y el Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas (Sernanp)- es evidenciar los retos que enfrentan los sitios arqueológicos y su ecología que forman el Parque Arqueológico y Ecológico de Batán Grande.
Ello, principalmente, en lo que respecta a la conservación, interpretación al público y estrategias de manejo.
El referido parque está formado por cuatro sectores territorial, ecológica y arqueológicamente interrelacionados, los mismos que crean una unidad paisajístico-cultural indisoluble en el espacio y en el tiempo.
Señala que socialmente la conservación de estos espacios servirá para la sana recreación, educación y el fortalecimiento de los valores culturales propios; así como el respeto y cuidado del territorio y su biodiversidad asociada.
Económicamente generará beneficios para la población local con la práctica del turismo cultural, cadenas productivas orgánicas alternativas al turismo, campamentos, casas hospedaje, restaurantes típicos, albergues rurales en la zona de amortiguamiento y biocomercio.
Mientras que políticamente la gestión descentralizada de los recursos naturales y culturales coadyuvará a la gobernanza y cogestión, insertando a la conservación en la gestión sostenible del territorio para esta y las futuras generaciones de residentes en la cuenca de La Leche.
La Ordenanza Municipal N°006-2010-MDP/A fue publicada hoy en el boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.
Fuente de información: Andina
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