ULTIMAS NOTICIAS

martes, 26 de abril de 2011

Minam: Es imprescindible etiquetar productos transgénicos para que consumidores decidan si compran o no


Lima, abr. 25 (ANDINA). El Ministerio del Ambiente (Minam) afirmó que es imprescindible cumplir con lo dispuesto en el Código de Protección y Defensa del Consumidor, es decir, que se etiqueten los productos transgénicos agropecuarios y forestales, a fin de que los consumidores decidan libremente si los adquieren o no.
En un pronunciamiento hecho público hoy, dicho ministerio aclaró que los organismos vivos modificados (OVM) o transgénicos agropecuarios o forestales ya se usan en el Perú en forma de productos importados, por ejemplo maíz, soya, peces fosforescentes, etcétera.
Manifestó, sin embargo, que los organismos sectoriales competentes (el Instituto Nacional de Investigación Agraria, la Dirección General de Salud Ambiental -Digesa-, y el viceministerio de Pesquería) deben promulgar los reglamentos respectivos para evitar la informalidad en este campo y para que se cuente con la supervisión necesaria.
“Cada uno de estos organismos sectoriales debe reglamentar el uso de los OVM de sus respectivas competencias. El INIA en el sector Agricultura, la Digesa en el sector Salud y el viceministerio en el sector de la Producción”, indica el comunicado.
Señala que decenas de miles de productores rurales, en especial pequeños, dependen de la producción orgánica y natural, y han realizado enormes esfuerzos para lograr certificaciones internacionales que les permita acceder a los mercados.
La preocupación de estos pequeños agricultores, añade, es que la introducción de los OVM pueda socavar los logros en la producción orgánica, ya que el Perú es un país líder en exportaciones de productos orgánicos y naturales como el cacao, el café, el maíz morado, la tara, la cochinilla, el banano, la castaña, el camu camu y los productos pesqueros, entre varios otros.
“El estar a favor de nuestra biodiversidad y de nuestros recursos genéticos no implica estar en contra de la biotecnología moderna, donde la transgénesis es sólo una parte menor, pues la mayor parte de la biotecnología moderna se realiza mediante hibridación y otros métodos perfectamente compatibles con la conservación de la biodiversidad. En este sentido, existe un enorme campo para el desarrollo de la biotecnología moderna con base en nuestra biodiversidad y en nuestros recursos genéticos”, refiere el Minam.

No favorece a pequeños agricultores
Señala que los OVM son propiedad de empresas que detentan patentes sobre ellos, y que su uso es regulado por las normas internacionales y nacionales sobre la propiedad intelectual. Por ello, no se trata de tecnología fácilmente apropiable por los campesinos, ya que las semillas no son de libre disponibilidad e intercambio, como sí sucede con las variedades convencionales o las nativas.
“Esto no sólo no favorece a nuestros pequeños agricultores, sino que les puede ocasionar una dependencia económica y tecnológica, que la mayor parte de ellos no está en la capacidad de afrontar”, advierte el ministerio.
El comunicado también recuerda que el Convenio sobre la Diversidad Biológica y el Protocolo de Cartagena sobre Bioseguridad, ambos ratificados por el Perú, no prohíben el uso de OVM, sino advierten que podrían ser dañinos para la salud y la biodiversidad, y que se deben tomar precauciones en su uso y en el tránsito transfronterizo de los mismos.
En el Perú, la norma que regula el uso de estos productos es la Ley 27104, Ley de Prevención de Riesgos Derivados del Uso de la Biotecnología (1999) conocida como la Ley sobre Bioseguridad, que se dio cuando no existía el Ministerio del Ambiente, sino sólo el Consejo Nacional del Ambiente.
“Es por esto que el MINAM no es la autoridad nacional en estos asuntos, sino la instancia de coordinación intersectorial y punto focal para el cumplimiento del convenio y protocolo antes mencionados”, puntualizó.
Finalmente, el comunicado detalló los días 11 y 12 del presente mes se ha logrado introducir aspectos importantes en el Reglamento Interno Sectorial del Minam para que este ministerio participe en las decisiones, aunque no en forma vinculante, porque la legislación actual no lo permite, y sólo sería posible con la modificación de la Ley de Bioseguridad.
“Para que el MINAM pueda ser parte en las decisiones sobre la introducción de los OVM se ha modificado el Artículo 10º del Reglamento de la Ley de Bioseguridad, lográndose incluir específicamente a un representante del MINAM en el Grupo Técnico Sectorial GTS del OSC del Sector Agricultura”, concluye.


Fuente de información: Andina

No hay comentarios: